Notigrobo

NOTIGROBO | Septiembre 2011
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Modificaciones para la obtención del Código de Operación de Traslado o Transporte (COT)

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 La Agencia de Recaudación de la Prov. de Bs. As. (ARBA) dispuso algunas modificaciones para la obtención del COT en lo que respecta a los traslados de cereal desde el campo.

Hasta el momento cualquier traslado de cereal efectuado desde el sitio mismo donde hubiese tenido lugar la extracción primaria (campo) y en tanto no se hubiese hecho acopio previo (en silos fijos o silos bolsa) no requería la obtención de COT. A partir del 14 de Septiembre de 2011 el traslado de cereal desde el campo SIEMPRE requerirá de la obtención del COT, inclusive en época de cosecha, cuando el origen y destino del viaje este dentro de la prov. de Bs. As.

 

Quién debe obtenerlo

El responsable de obtener el COT es aquel que emite la Carta de Porte, para el caso que analizamos de traslado de cereal desde el campo, es el productor.

 

Oportunidad en que debe obtenerse (los períodos están taxativamente enumerados en la normativa).

Cosecha gruesa: Marzo, Abril, Mayo y Junio: El COT puede obtenerse hasta la llegada del transporte a destino o hasta 24 hs. después de iniciado el transporte.

Cosecha fina: Noviembre, Diciembre y Enero: El COT puede obtenerse hasta la llegada del transporte a destino o hasta 24 hs. después de iniciado el transporte.

Fuera de los meses mencionados: El COT debe obtenerse siempre antes de la partida del transporte.

 

Período crítico

Estas medidas si bien entran en vigencia a partir del 14 de Septiembre del corriente, van a impactar específicamente en los meses de cosecha (tanto fina como gruesa), que es cuando se dan las situaciones de carga en campo sin acopio previo.

 

Sanciones

La falta de emisión de COT dentro de los plazos contemplados dará lugar a la aplicación de multas cuyo monto será de entre el quince por ciento (15%) y hasta el treinta por ciento (30%) del valor de los bienes transportados, aunque en ningún caso podrá ser inferior a la suma de pesos quinientos ($500).


Por Natalia Sorolla
Depto. de Impuestos de Los Grobo Agropecuaria | 02395 45 9085 | Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 

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